Los procesos penales, a cargo de la Fiscalía, por lo general duran años sin respuesta alguna. Le recomendamos otros tipos de demanda que puede llevar a cabo en menor tiempo y con el mismo o mejor resultado.

No estamos diciendo nada nuevo cuando afirmamos que el bien más preciado que tenemos como personas, después de la vida, es la libertad. Por eso el Derecho Penal —que es aquel que compromete la libertad— es el más delicado de los derechos y aquel al que las personas más temor y respeto le tienen. Y es, a la vez, como diría un tratadista reconocido, “la alcantarilla del derecho”, puesto que allí encontramos las más difíciles situaciones de vida y las más peligrosas personas de la sociedad: asesinos, ladrones, violadores, estafadores, corruptos, etc., y sus víctimas, todos ellos son los protagonistas de esta apasionante rama del Derecho.
Error #1: las denuncias penales como armas de intimidación.
Lo anterior ha producido un efecto natural y comprensible en nuestra sociedad, que es la creencia generalizada de que los problemas jurídicos se solucionan más rápidamente cuando se ponen en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación en cuanto ente que investiga los delitos, porque supuestamente así los responsables se verán más presionados a cumplir con sus deberes contractuales o extracontractuales, ante el temor de ir a prisión. Esto es lo que hemos visto en nuestra experiencia como abogados penalistas. La constante es que ante cualquier situación que teóricamente pudiera encuadrarse dentro de un delito, como por ejemplo el incumplimiento de un contrato que es calificado como “estafa”, nuestros clientes ven con mejores ojos la interposición de una denuncia penal a fin de “presionar” o “asustar” a su contraparte para que cumpla con lo que ellos están reclamando, en vez de abordar el tema por la vía civil, donde lo que está en juego no es nunca la libertad, sino el dinero y el patrimonio.
Sin embargo, en la universidad aprendimos que el Derecho Penal es “la última ratio del derecho”, es decir, la última instancia a la que se debe acudir cuando ya no exista otra solución o cuando el asunto en discusión no tenga ninguna connotación económica, sino que se enmarque definitiva e indiscutiblemente en un delito, como sucede cuando hay un homicidio, un secuestro o una violación, entre muchos otros supuestos. Pero cuando el problema puede resolverse en la jurisdicción administrativa, laboral, familiar, civil o comercial, sin duda, debe evitarse el derecho penal. No sólo porque la libertad, al ser el bien más preciado, debe ser el último que se afecte ante una falta, sino porque si la justicia penal se dedica a abordar tan sólo los casos más significativos y que en realidad merecen la pena será muchísimo más eficiente y logrará cumplir las funciones que tiene para con toda la sociedad, y no para con unas cuantas personas individuales cuya protección ha sido encomendada a los jueces civiles, principalmente. En definitiva, no sacamos nada como sociedad enviando a todo el mundo a la cárcel por delitos o conductas menores que podrían solucionarse con medidas restaurativas propias del derecho privado.
¿Por qué se demoran tanto los procesos penales?
Además de lo anterior, en nuestra experiencia diaria visitando fiscalías y juzgados penales hemos podido contemplar que, precisamente porque la gente acude en exceso al Derecho Penal, dichos despachos están colapsados y el nivel de impunidad en Colombia es por consiguiente altísimo (se dice que del 98%). El colapso se debe, por un lado, a que existen pocos fiscales y jueces en relación con la gran cantidad de delincuentes y/o de conductas delictivas que se presentan a diario en un país como el nuestro, lleno de inequidades e injusticias que producen resentimientos y actuaciones desesperadas en el afán de la supervivencia, así como carente del cubrimiento necesario en la cultura y en la educación para evitar que las personas acudan a lesionar los derechos de otros con tanta facilidad a la hora de buscar la satisfacción de los suyos.
Los fiscales están obligados a recibir una inmensa cantidad de denuncias por delitos que, si bien son importantes, podrían solucionarse más fácilmente en un centro de conciliación o en un juzgado civil.
Y por el otro, a que los fiscales están obligados a recibir una inmensa cantidad de denuncias por delitos como inasistencia alimentaria, estafas y hurtos de menor cuantía, lesiones personales culposas, injurias, calumnias, falsedades en documento privado, entre otras conductas que, si bien son importantes, podrían solucionarse más fácilmente en un centro de conciliación o en un juzgado civil, habida cuenta que el fin de ellas es casi siempre lograr un resarcimiento económico, y para esto están los jueces civiles cuando fallan procesos de responsabilidad, en los que, valga aclararlo, se pueden pedir medidas cautelares a los bienes del demandado para garantizar el pago ante una eventual sentencia condenatoria, a diferencia de lo que pasa en el Derecho Penal, que aunque contempla esta misma posibilidad, en la práctica es muy difícil que un fiscal, que debe atender junto con un asistente y un policía judicial más de 1.000 casos, le preste atención a un caso menor de la manera en que debería.
Ese colapso produce que una denuncia en la fiscalía, sin importar su cuantía o su dimensión, pueda tardar unos 5 años en etapa de investigación, antes de que el fiscal tome la decisión de imputar cargos al presunto responsable para abrir el proceso penal ante el juez por otros 5 o más años. Tiempo en el que perfectamente podría obtenerse una sentencia de segunda instancia en un proceso civil y gozando de muchas más garantías puesto que el historial del proceso se puede consultar por internet, los términos se cumplen más o menos con exactitud y la publicidad de las actuaciones está garantizada, a diferencia de lo que pasa en la Fiscalía, a donde hay que ir personalmente para averiguar por el proceso para que contesten cosas como: “el fiscal no está”, “su proceso está en indagación”, “tenemos más de mil carpetas, tenga paciencia”, etc.
Mejores alternativas al proceso penal:
Por lo anterior, nuestra firma de abogados recomienda muy seriamente que cuando las personas se encuentren en situaciones que podrían ventilarse en la justicia penal, pero también en la civil o en cualquiera otra distinta, se prefiera prescindir de la primera y llevar el caso ante un centro de conciliación o un juzgado directamente, sin pasar por la Fiscalía, institución que es famosa por su demora y, podría decirse con respeto, por su incompetencia.
Salvo casos que indiscutiblemente deben ser puestos en conocimiento de la Fiscalía, salvo casos de connotación nacional y salvo casos de capturas en flagrancia, no es cierto que el Derecho Penal funcione más eficazmente. De hecho, cuando una persona que ha sido denunciada en la Fiscalía se da cuenta de que han pasado años sin haber sido siquiera llamada a un interrogatorio se produce el efecto contrario: se pierde el respeto en la justicia y se asume la posición de arrogancia ante ella, permitiéndose que se fomenten las tendencias a obrar criminalmente. En cambio, si una persona es demandada civilmente quedará en la obligación de contratar un abogado para contestar la demanda, pues si no lo hace perderá el proceso; verá sus bienes con medidas cautelares y deberá conseguir las pruebas para demostrar su inocencia en medio de un juicio que se llevará a cabo en una o dos audiencias, y no a través de los años, como sucede en los terrenos de los penalistas.
Si una persona es demandada civilmente quedará en la obligación de contratar un abogado para contestar la demanda, pues si no lo hace perderá el proceso
Nuestro enfoque hacia el Derecho de Responsabilidad Civil nos permite ofrecer una amplia gama de servicios legales a nuestros clientes que han sido víctimas de delitos penales para garantizarles con nuestro trabajo una más efectiva vía para el resarcimiento de sus perjuicios, e independientemente de que también quieran formular la respectiva denuncia ante la Fiscalía, cosa que podemos hacer por supuesto, pero que preferimos complementar con una demanda civil de perjuicios, la cual, en nuestro concepto, será más eficaz no sólo para lograr la reparación económica y/o moral de la víctima, sino para lograr que el responsable observe que sus bienes, su honra y en general su persona sí quedará comprometida ante la justicia, y que no habría impunidad. En palabras coloquiales, con este complemento garantizaremos esa “presión” que buscan los clientes y que casi siempre termina en intenciones frustradas.
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